Un régimen en un sistema que se encarga de establecer y de regular el funcionamiento de algo. Común, por su parte, es lo habitual, normal u ordinario.
La idea de régimen común refiere a una modalidad que tiene el Estado para fijar y cobrar impuestos. Los contribuyentes pueden ser clasificados de distinta manera de acuerdo a la obligación o no de pago según el impuesto: de este modo, ciertos contribuyentes son encuadrados adentro de un denominado régimen común y otros, forman parte de un régimen diferente.
La definición de los regímenes depende de cada Estado. Es habitual que se establezca un régimen simplificado para las personas físicas que cumplen con ciertos requisitos; el resto de los contribuyentes se integra de manera automática al régimen común.
Puede decirse, por lo tanto, que la existencia de un régimen común tiene sentido a partir de la instauración de un régimen especial (el régimen simplificado). De lo contrario, sólo habría un único régimen.
Supongamos que todas las personas que venden productos u ofrecen servicios deben pagar IVA (Impuesto al Valor Agregado). Las personas cuyas ventas no alcanzan los 10.000 pesos mensuales y que no tienen empleados a cargo pasan a formar parte de un régimen simplificado que brinda diversas facilidades para cumplir con las obligaciones fiscales: no se requiere presentar una declaración jurada mensual, se abona el 50% del IVA, etc. Quienes no cumplen con esos requisitos, en cambio, deben tributar de acuerdo a lo especificado por el régimen común. Finalmente, los sujetos que no se dedican a la venta de productos ni a la oferta de servicios no son contribuyentes del impuesto en cuestión.