IMPUESTO A LA EQUIDAD
Artículo 21. Sobretasa al Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE).
Créase por los períodos gravables 2015, 2016, 2017 y 2018 la sobretasa al
impuesto sobre la renta para la equidad (CREE), a cargo de los contribuyentes
señalados en el artículo 20 de la Ley 1607 de 2012.
Parágrafo. No serán
sujetos pasivos de esta sobretasa al impuesto sobre la renta para la actividad
CREE, los usuarios calificados y autorizados para operar en las zonas francas
costa afuera.
Artículo 22. Tarifa de la sobretasa al Impuesto sobre la Renta para la Equidad
(CREE). La sobretasa al Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE)
será la resultante de aplicar la correspondiente tabla según cada período
gravable, a la base determinada de conformidad con el artículo 22 y siguientes
de la Ley 1607 de 2012 o la que lo modifique o sustituya:
a) Para el período gravable 2015:
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TABLA SOBRETASA IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA
EQUIDAD-CREE AÑO 2015
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RANGOS DE BASE GRAVABLE EN $
|
TARIFA MARGINAL
|
SOBRETASA
|
|
Límite inferior
|
Límite superior
|
||
0
|
<800.000.000
|
0,0%
|
(Base gravable) * 0%
|
>=800.000.000
|
En adelante
|
5,0%
|
(Base gravable – $800.000.000) * 5,0%
|
El símbolo de asterisco (*) se entiende como
multiplicado por. El símbolo (>=) se entiende como mayor o igual que. El
símbolo (<) se entiende como menor que.
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b) Para el período gravable 2016:
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|||
TABLA SOBRETASA IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA
EQUIDAD-CREE AÑO 2016
|
|||
RANGOS DE BASE GRAVABLE EN $
|
TARIFA MARGINAL
|
SOBRETASA
|
|
Límite inferior
|
Límite superior
|
||
0
|
<800.000.000
|
0,0%
|
(Base gravable) * 0%
|
>=800.000.000
|
En adelante
|
6,0%
|
(Base gravable – $800.000.000) * 6,0%
|
El símbolo de asterisco (*) se entiende como
multiplicado por. El símbolo (>=) se entiende como mayor o igual que. El
símbolo (<) se entiende como menor que.
|
c) Para el período gravable 2017:
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TABLA SOBRETASA IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA
EQUIDAD-CREE AÑO 2017
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|||
RANGOS DE BASE GRAVABLE EN $
|
TARIFA MARGINAL
|
SOBRETASA
|
|
Límite inferior
|
Límite superior
|
||
0
|
<800.000.000
|
0,0%
|
(Base gravable) * 0%
|
>=800.000.000
|
En adelante
|
8,0%
|
(Base gravable – $800.000.000) * 8,0%
|
El símbolo de asterisco (*) se entiende como
multiplicado por. El símbolo (>=) se entiende como mayor o igual que. El
símbolo (<) se entiende como menor que.
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d) Para el período gravable 2018:
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TABLA SOBRETASA IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA
EQUIDAD-CREE AÑO 2018
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|||
RANGOS DE BASE GRAVABLE EN $
|
TARIFA MARGINAL
|
SOBRETASA
|
|
Límite inferior
|
Límite superior
|
||
0
|
<800.000.000
|
0,0%
|
(Base gravable) * 0%
|
>=800.000.000
|
En adelante
|
9,0%
|
(Base gravable – $800.000.000) * 9,0%
|
El símbolo de asterisco (*) se entiende como
multiplicado por. El símbolo (>=) se entiende como mayor o igual que. El
símbolo (<) se entiende como menor que.
|
La sobretasa creada en este artículo está sujeta, para los
períodos gravables 2015, 2016, 2017 y 2018 a un anticipo del 100% del valor de
la misma, calculado sobre la base gravable del impuesto sobre la renta para la
equidad – CREE sobre la cual el contribuyente liquidó el mencionado impuesto
para el año gravable inmediatamente anterior. El anticipo de la sobretasa al
impuesto sobre la renta para laequidad – CREE, deberá pagarse en dos
cuotas anuales en los plazos que fije el reglamento.
Artículo 23. No destinación específica. La sobretasa al impuesto sobre
la renta para la equidad (CREE) no tiene destinación específica. Los recursos
que se recauden por este tributo no estarán sometidos al régimen previsto en
los artículos 24 y 28 de la Ley 1607 de 2012, no formarán parte del Fondo
Especial sin personería Fondo CREE, y harán unidad de caja con los demás
ingresos corrientes de la Nación, de acuerdo con las normas previstas en el
Estatuto Orgánico del Presupuesto.
Artículo 24. Reglas aplicables. La sobretasa al Impuesto sobre la
Renta para la Equidad (CREE) y su anticipo, además de someterse a lo dispuesto
en el artículo 11 de la presente ley, se someterá a las reglas previstas para
el Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) relacionadas con su determinación,
declaración, pago y sistema de retención en la fuente.
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